Su navegador no soporta Javascript Banco Central de la República Dominicana
 | Buscar | Mapa de Sitio | Enlaces | Ayuda | English | 

 

Normativa
Leyes, decretos y disposiciones afines
Leyes en Proceso
Reglamentos Vigentes
Reglamentos en Proceso
Instructivos
Resoluciones JM
Estadísticas Econ.
Sector Real
Precios
Sector Fiscal
Sector Externo
Sector Monetario y Financiero
Sector Monetario y Financiero Armonizadas
Sector Turismo
Mercado Cambiario
Mercado de Trabajo
Calendario Publicación
Publicaciones Econ.
Consulta
Calendario Publicación
Sistema Financiero
Normativa del SF
Estadísticas del SF
Entidades Finan.
Fondo de Contingencia
Soporte
Noticias
Notas Política Monetaria
Avisos
Noticias BC
Noticiario
Otras Noticias
Actividades
Opiniones
Discursos
Sistema de Pagos

Sipard

Comités
Reforma
Marco legal
Glosario
Estadísticas
Noticias y Publicaciones
Enlaces
Descargas
Contacto
Instrumentos de Inversión

CERTIFICADOS DE INVERSIÓN CON CA

CERTIFICADOS DE INVERSION CON REDENCION ANTICIPADA

 

El Banco Central de la República Dominicana informa al público en general y a las empresas no financieras, la suspensión de manera transitoria,  a partir del 3 de septiembre del 2009, de las nuevas colocaciones de inversiones a través de ventanilla directa de Certificados de Inversión con Redención Anticipada y Renovación Automática.

Los Certificados de Inversión con Redención Anticipada y Renovación Automática colocados con anterioridad a la fecha de esta disposición, podrán ser renovados de manera automática en las fechas de sus vencimientos.  Para estas renovaciones aplicarán las tasas de interés siguientes:

Plazos

Tasa de Interés Anual

180 días

3.0%

365 días

4.0%

18 meses

5.0%

24 meses

6.0%

30 meses

7.0%

36 meses

8.0%

 

Los Certificados de Inversión con Redención Anticipada y Renovación Automática, que sean redimidos previamente a las fechas de sus vencimientos, estarán sujetos a las tasas de interés siguientes:

Plazos

Tasa de Interés Anual

De 1 a 89 días

1.0%

De 90 a 179 días

2.0%

De 180 a 364 días

3.0%

De 365 días antes de 18 meses

4.0%

De 18 meses hasta antes de 24 meses

5.0%

De 24 meses hasta antes de 30 meses

6.0%

De 30 meses hasta antes de 36 meses

7.0%

 

Esta medida será aplicada a los Certificados de Inversión con Redención Anticipada y Renovación Automática autorizados y colocados mediante las Resoluciones siguientes:

a)     Segunda Resolución del 3 de abril del 2003 y sus modificaciones, que autorizó colocaciones de Certificados de Inversión con redención anticipada y renovación automática.

b)    Cuarta Resolución del 3 de abril del 2003 y sus modificaciones, que autorizó colocaciones de Certificados de Inversión Especial.

c)     Primera Resolución del 14 de julio  del 2003 y sus modificaciones que autorizó colocaciones de certificados de Inversión con redención anticipada y renovación automática.

 

 

OTRAS INFORMACIONES:

 

 

©2009 Banco Central de la República Dominicana.  Términos de Uso. Contacto