El Banco Central realizará el canje de billetes y monedas sin cargo alguno y por cualquier denominación disponible, por el (100%) de su valor facial, siempre que se pueda verificar su autenticidad, denominación y que presenten alguna de las siguientes condiciones:
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Billetes que conserven al menos las tres quintas partes (3/5) de su superficie
- Billetes y monedas desgastados o deteriorados por el uso.
- Billetes y monedas hasta el plazo que determine la Junta Monetaria cuando hayan sido objeto de desmonetización.
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El Banco Central no cambiará y retirará sin compensación:
- Los billetes de identificación imposible.
- Monedas perforadas, recortadas, limadas, o que adolezcan de cualesquiera otras imperfecciones no producidas por el desgaste natural.
- Billetes que hayan perdido más de las dos quintas (2/5) partes de su superficie.
- Billetes que hayan sido usados para escribir sobre ellos cualquier clase de leyenda o sellado.
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