Consulta si existen cuentas abandonadas por número de identificación (cédula, pasaporte o RNC) o por número de cuenta.
Seleccione el tipo de solicitante para ver los requisitos.
Para gestionar el proceso de reclamación de cuentas abandonadas, es necesario programar una cita previa. Puede hacerlo a través de los siguientes medios:
El día de la cita, debe presentarse con la siguiente documentación:
La documentación anteriormente detallada, deberá ser depositada para fines de evaluación. Una vez revisada, el equipo de Tesorería se pondrá en contacto con el solicitante al número indicado en la comunicación, a fin de coordinar una cita para la reclamación de los fondos.
Las empresas interesadas en reclamar una cuenta abandonada deberán presentar la siguiente documentación:
La documentación anteriormente detallada, deberá ser depositada para fines de evaluación. Una vez revisada, el equipo de Tesorería se pondrá en contacto con el representante legal autorizado, a fin de coordinar una cita para la reclamación de los fondos.
Las instituciones sin fines de lucro interesadas en reclamar una cuenta abandonada deberán presentar la siguiente documentación:
La documentación anteriormente detallada, deberá ser depositada para fines de evaluación. Una vez revisada, el equipo de Tesorería se pondrá en contacto con el representante legal autorizado, a fin de coordinar una cita para la reclamación de los fondos.
*Este estatus se corresponde a fondos que han sido transferidos en conformidad con el Artículo 22 del Reglamento sobre cuentas inactivas y/o abandonadas en las EIF (Segunda Resolución del 12 de julio del 2012): “El Banco Central, una vez transcurridos los diez (10) años de haber recibido los saldos de las cuentas abandonadas, transferirá los mismos al Fondo de Contingencia creado mediante el Artículo 64 de la Ley No.183-02 Monetaria y Financiera, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del Artículo 56 de la referida Ley.”